Estimados compañeros, os informamos de las gestiones llevadas a cabo por ALTODO en mejora de las justificaciones y del pago de asuntos de turno de oficio
A.- Suprimido el periodo de 20 días al cierre de trimestre en el que no podíamos justificar actuaciones
B.- Cobro diferencia entre inicio de asunto y el 70% del mismo (52 € en penal): Para poder cobrar además de los 200 € iniciales que se abonan tras la justificación inicial (declaración judicial del investigado) se ha solicitado al ICAM la creación de una nueva pestaña en la que se puedan justificar las actuaciones intermedias (posteriores a la declaración judicial del investigado y anteriores a la sentencia) y que dan lugar al abono de la diferencia entre los 200 € iniciales y el resto hasta el 70% (52 €). Hasta que se pueda habilitar informáticamente esa pestaña y de forma provisional, se puede optar a este cobro justificando a través de la pestaña “justificación primera parte” de la designación y aportando para ello DOS ACTUACIONES JUDICIALES DE TRASCENDENCIA PROCESAL Y POSTERIORES A LA PRIMERA DECLARACION JUDICIAL DEL INVESTIGADO. Acto seguido se remite un mail a pagoturnooficio@icam.es indicando el número y fecha de la designación así como especificando la documentación que se acaba de enviar atraves de la página de justificación y solicitando el cobro hasta el 70%. Esto es así en lineas generales pero para más detalle sobre la documentación a aportar en cada supuesto y modo de hacerlo podéis consultar el archivo ahora anexo así como el mail remitido a socios de fecha 8 de abril.
Seguimos trabajando en la mejora del turno de oficio y os mantendremos informados